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viernes, 24 de julio de 2015

Alcaldía de Medellín establece condiciones para el uso de propaganda electoral

Se podrá realizar la instalación de propaganda electoral en el espacio público, previo cumplimiento del Decreto 1227 del 21 de julio de 2015.
La Subsecretaría de Espacio Público de la Secretaría de Gobierno y Derechos Humanos realizará controles permanentes en la ciudad para evitar la contaminación visual de este tipo de elementos.
La inadecuada instalación de propaganda electoral tendrá una sanción de tipo económico y disciplinario.

propaganda electoralEl Alcalde encargado de Medellín, Jesús Arturo Aristizábal Guevara, firmó el Decreto 1227 del 21 de julio de 2015, en el que se disponen la forma, características y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches, pendones, y vallas asociadas a las campañas electorales.
La Administración Municipal, establece las condiciones para la fijación de elementos publicitarios de carácter político para las elecciones de Alcaldes, Gobernadores, Concejales, Diputados y Juntas Administradoras Locales, que se llevarán a cabo el día 25 de octubre de 2015.
Con esta reglamentación se busca garantizar que cada uno de los partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales, puedan realizar una promoción masiva de sus  propuestas electorales, pero velando siempre por proteger los espacios públicos de la ciudad de la contaminación visual.
En este sentido se estipula que cada uno de los partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales, tienen derecho a la instalación de 20 vallas en la ciudad, 5 que pueden ser ubicadas en el espacio público y 15 en predios privados.
Con lo relacionado a pasacalles, pendones y avisos, se permite la fijación de 10 en cada comuna, hasta 8 en cada corregimiento y 1 aviso de identificación por cada sede política.
Los elementos publicitarios como tipo paleta serán autorizados con un área hasta de 1 metro cuadrado, que podrá ser llevado por diferentes personas, siempre y cuando se mantengan en constante movimiento por el espacio público sin interferir  el libre desplazamiento de los ciudadanos, con el fin de garantizar el use y el goce al disfrute del espacio público.
Además, se permitirá la instalación de avisos móviles publicitarios instalados en vehículos automotores siempre y cuando se cuente con  el concepto emitido por la Secretaría de Movilidad.
Para lo relacionado con afiches y carteles se permitirá la instalación de éstos solo en los espacio permitidos, los cuales son bolardos (estructura fija cuya función es la instalación de afiches y carteles) o tómbolas ubicados en bajos de puentes, estaciones del Metro y parques.
A la fecha, en Medellín se están realizando distintas obras de infraestructura, que requieren una señalización especial para brindar condiciones de movilidad y circulación, lo que genera una gran imposibilidad de instalar propaganda electoral en las zonas que se están siendo intervenidas por este particular.
Para garantizar la equidad y el equilibrio en la distribución de propaganda electoral, cada partido, movimientos político, grupo significativo de ciudadanos y movimientos sociales, deberá acreditar ante la Subsecretaría de Espacio Público el nombre de los gerentes de campaña o de su delegado en el Municipio de Medellín, para la autorización de la instalación de vallas y demás elementos publicitarios de propaganda electoral, tanto en espacios públicos como en privados.
Así mismo, los partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales, y en general los titulares de los permisos para la instalación de propaganda electoral, deberán retirarla dentro de los tres días calendarios siguientes al cierre del proceso electoral del 25 de octubre.
Quienes superen el número de vallas o avisos establecidos, o haga uso de elementos de publicidad no permitidos, serán sancionados con medidas de tipo económico que van de 6 a 10 salarios mínimos legales vigentes. Además podrán ser sancionados de manera disciplinaria por parte del Consejo Nacional Electoral.

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