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sábado, 29 de abril de 2017

Corporativa, aviación ejecutiva y general, aprobados por Aeronáutica Civil para el Olaya Herrera

31.12.2016_OlayaHerrera (3)

“Los vuelos que aprobó la Aeronáutica Civil, que se pueden realizar desde la Terminal son de la aviación corporativa, aviación ejecutiva y general. Es decir, una persona natural que tiene avión para su propio beneficio y que vuela en él a dónde lo lleve su quehacer. Lo importante es que no sea aviación para explotación comercial. También pueden operar vuelos nacionales e internacionales de la aviación militar y de Estado”, precisó Jorge Hugo Duarte Guzmán, gerente del aeropuerto Olaya Herrera por parte de Airplan.

Las instalaciones del aeropuerto fueron adecuadas por Airplan, concesionario encargado del terminal aéreo, con equipos de cómputo, máquinas rayos X, software de enlace entre entidades y la adecuación de cuartos de revisión.

El funcionario también explicó que la utilización del aeropuerto estará sujeta a un proceso que incluye la solicitud del usuario en un término de 48 horas previas al aterrizaje o despegue, esto para determinar la demanda del servicio y el anuncio a las autoridades que tienen la responsabilidad de regular la salida e ingreso de personas del país. De igual forma, que cumplan la normatividad establecida para el terminal, entre ellas, que el avión no supere los 50 pasajeros.

“Al mes, en promedio, tenemos 60 vuelos de este tipo llegando al José María Córdova. La idea es que tengan otra alternativa. Tenemos una proyección y es que lleguen entre tres y cuatro vuelos al Olaya, pero como toda proyección se deberá validar con la realidad de lo que llegue a pasar”, agregó el Gerente.

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