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lunes, 19 de junio de 2017

Corresponsabilidad de las empresas en el Valle de Aburrá con el mejoramiento continuo en los procesos de producción más limpia

imageEl Programa de Sostenibilidad Empresarial e Institucional entre el Área Metropolitana y la Andi busca el desarrollo de acciones conjuntas a mediano y largo plazo para el mejoramiento de la calidad del aire y la sostenibilidad ambiental a través del fortalecimiento al seguimiento y control de contaminantes y la implementación de medidas que propicien la protección de la salud pública y la calidad de vida en la región.

Las acciones por la sostenibilidad ambiental se ratifican a través de la firma, por parte del director del Area Metropolitana del Valle de Aburra, de cuatro Resoluciones Metropolitanas expedidas en el marco del Plan Integral de Gestión de Calidad del Aire -PIGECA, y gestionadas de manera conjunta con la ANDI y otras entidades del sector, mediante las cuales se adoptarán medidas de control y vigilancia por parte de la Autoridad ambiental y de movilidad.

En ellas se hace evidente la corresponsabilidad de las empresas con el mejoramiento continuo en los procesos de producción más limpia que inciden directamente en la disminución tanto de material particulado como de los gases efecto de invernadero.

Las resoluciones están orientadas hacia:

1.   Adopción de Planes de Movilidad Sostenible (PMS) Planes MES.

Medida contributiva al desarrollo de la gestión integral de la calidad del aire y la movilidad en el Valle de Aburrá. Las medidas que se adoptan por medio de esta resolución buscan propiciar un desarrollo bajo en emisiones atmosféricas en la jurisdicción del Área Metropolitana del Valle de Aburrá para mejorar la calidad del aire, proteger la salud, mejorar la movilidad de los trabajadores en las organizaciones y alcanzar una mayor competitividad de la región, contribuyendo a garantizar el derecho de las personas a gozar de un ambiente sano.

Esta resolución aplicará para todas las organizaciones privadas y públicas que tengan más de doscientos (200) trabajadores directos e indirectos, y cuyas instalaciones se encuentren en jurisdicción del Área Metropolitana. Estas empresas tendrán un plazo de dos (2) meses para estructurar e implementar Planes MES que provean soluciones de movilidad y puedan reducir las emisiones generadas por el desplazamiento que realizan sus trabajadores desde y hacia su lugar de origen y destino.

Las entidades, instituciones, organizaciones o empresas públicas y privadas que cuenten con menos de doscientos (200) trabajadores (directos e indirectos), podrán voluntariamente implementar los Plan MES, en aras de contribuir con la sostenibilidad ambiental en el Valle de Aburrá.

La meta con la implementación de estos Planes MES es reducir el 20% de las emisiones de CO2 generadas por los viajes al trabajo al año 2020 y un 10% durante el primer año de implementación. La autoridad ambiental establecerá las metas de reducción de PM 2.5 y menores para el Plan MES, una vez se cuente con los resultados que se están realizando a nivel local.

Para la ejecución de estos Planes de Movilidad Sostenible se incluirán estrategias como promoción de viajes de movilidad activa (a pie y en bicicleta), viajes en transporte público colectivo y masivo, teletrabajo, implementación de horarios flexibles y escalonados, carro compartido, días de movilidad sostenible con control de estacionamiento, entre otras.

2.    Resolución 912 del 19 de mayo / 2017: Adopción de medidas de Eficiencia Energética de Calderas

Medidas que contribuyen al desarrollo de una gestión integral de la calidad del aire en la jurisdicción del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, encaminadas a la medición, prevención, reducción y control de las emisiones de contaminantes atmosféricos generadas en diversas instalaciones de la región; buscando propiciar un desarrollo industrial bajo en emisiones atmosféricas y de gases efecto invernadero.

Todo esto se logrará a través de la implementación de mejores técnicas o procesos del sector industrial que, en condiciones económica y técnicamente viables, propicien la eficiencia energética, la adquisición de combustibles fósiles y/o de alta calidad, el monitoreo de parámetros de combustión y el mantenimiento y/o modernización de hornos y calderas, alcanzando altos niveles de protección del medio ambiente.

Dentro de esta Resolución Metropolitana, las instalaciones industriales deberán, entre otras obligaciones, garantizar que los operadores de equipos de combustión externa tales como calderas y hornos, cuenten con competencias técnicas para la ejecución de su labor y para la adopción de buenas prácticas ambientales y de operación asociadas al proceso, de manera tal que permitan el reconocimiento de herramientas para la optimización del proceso, la disminución del consumo de combustible y por ende, la generación de menores emisiones de contaminantes al aire.

3.     Resolución 911 del 19 de mayo / 2017: Adopción de medidas que permitan obtener información sobre el parque automotor de las empresas de transporte de carga domiciliadas en la jurisdicción del Valle de Aburrá

Esta Resolución Metropolitana busca que todas las empresas que realicen operaciones de transporte de carga o que contraten este tipo de servicios para su realización de jurisdicción del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, en un término de 20 días hábiles a partir de la entrada en vigencia de la resolución, remitan a la entidad la información sobre tipo de empresa, rutas de origen y destino en el Valle de Aburrá, Departamental o Nacional, tipo de carga que moviliza, tipo y números de vehículo y contactos de la persona encargada; así como información general de cada vehículo como año del modelo, tipo de combustible, sistemas de control de emisiones incorporados, sistema de transmisión y cilindrada del motor.
Lo anterior, teniendo en cuenta que de acuerdo con el inventario de emisiones atmosféricas del Valle de Aburrá, el sector transporte es el principal aportante de emisiones de PM2.5, NOX y CO; y que por ello, es necesaria la implementación de diversas acciones dirigidas a gestionar la movilidad de manera sostenible, segura y amable en el sector de transporte de carga; razón por la cual, las empresas debidamente habilitadas por la autoridad deben suministrar información al Área Metropolitana relacionada con el parque automotor, en especial sobre características relacionadas con las emisiones de contaminantes de los rodantes que permitan aproximarse al impacto ambiental de la flota de carga para concertar y tomar medidas a largo plazo.

4.    Áreas Fuentes de Contaminación o zonas  de baja emisión

A través de esta resolución se categorizan las estaciones de monitoreo de calidad del aire, se declaran áreas fuente de contaminación y se reafirman los niveles de contingencia atmosférica para el Valle de Aburrá.

En ella se declaran áreas fuente de contaminación por material particulado menor de 2.5 micras, determinados sectores cuyos altos niveles de concentración de material particulado registrados se deben fundamentalmente a la confluencia de los vehículos, y se adoptan medidas de prevención, control y seguimiento que deberán ser acogidas e implementadas por las diferentes dependencias de los municipios y del Área Metropolitana del Valle de Aburrá.

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