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domingo, 23 de agosto de 2026

Empresas del Grupo EPM implementarán incentivos y cobros por consumo de energía de la CREG ante el fenómeno de El Niño

Ante los desafíos climáticos asociados a la temporada de baja hidrología y el inminente impacto del fenómeno de El Niño, las empresas de comercialización de energía del Grupo EPM en Colombia —Afinia, CHEC, CENS, EDEQ, EPM y ESSA— pondrán en marcha el programa transitorio de incentivos al uso eficiente de energía eléctrica. La iniciativa responde a los lineamientos establecidos por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) mediante la Resolución CREG 101 120 de 2026.

El programa tiene como objetivo central promover hábitos de consumo más eficientes y mitigar el riesgo de estrechez energética en el sistema eléctrico nacional, fomentando la corresponsabilidad ciudadana para prevenir situaciones de desabastecimiento.

¿Cómo funcionarán las metas individuales y los incentivos?

La medida introduce un esquema automático y autofinanciado para los usuarios del mercado regulado elegibles, el cual no requiere ningún tipo de inscripción previa. Cada hogar o negocio contará con una meta individual de consumo, calculada a partir de la media de sus promedios diarios de los últimos 12 meses (contados desde el 3 de agosto de 2026 hacia atrás).

A partir de este parámetro, el mecanismo operará bajo las siguientes reglas:

  • Consumo eficiente (entre 100% y 110% de la meta): No generará ningún tipo de cobro adicional para el usuario.

  • Excesos (más del 110% de la meta): Se aplicará un cobro adicional que recaerá exclusivamente sobre el volumen de energía que supere dicho porcentaje.

  • Incentivo por ahorro (menos del 90% de la meta): Los usuarios que logren reducir su consumo por debajo de este umbral podrán recibir un beneficio económico. Este se financiará directamente con los recursos recaudados de la bolsa de cobros adicionales generados por los excesos de otros consumidores.

  • Desde el Grupo EPM se precisó que este mecanismo es de carácter transitorio —con una vigencia inicial de seis meses prorrogables— y no implicará el reconocimiento de costos adicionales a favor de las comercializadores ni su traslado a las tarifas generales.

    Excepciones y próximas definiciones

    La normativa contempla diversas excepciones, excluyendo de la aplicación a los usuarios con medidor prepago, servicio suspendido, alumbrado público, comunidades energéticas, así como a instituciones de salud, centros educativos, entidades de seguridad y de atención de emergencias, entre otros.

    Asimismo, la CREG estudia la fecha exacta en la que la medida se verá reflejada en las facturas y analiza posibles exoneraciones para los usuarios ubicados en los municipios afectados por el sismo registrado el pasado 10 de agosto. Una vez se adopten estas disposiciones finales, las empresas del Grupo EPM informarán oportunamente a sus clientes sobre las metas individuales asignadas y los detalles de su comportamiento en el marco de la campaña institucional “Juntos somos más fuertes que el fenómeno de El Niño”.

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