
La Asesora para la Atenci贸n de los Usuarios en Salud, Mariluz Zuluaga, celebr贸 la sentencia de la Corte Constitucional que obliga a las EPS a suministrar, a favor de las mujeres v铆ctimas de violencia y de sus hijos, los servicios temporales de habitaci贸n, alimentaci贸n y transporte.
La funcionaria, quien tiene a su cargo la oficina del Servicio de Atenci贸n a la Comunidad, SAC, de la Secretar铆a de Salud Municipal, se帽al贸 que el fallo pone en presente los alcances de la Ley 1257 del 2008, de no violencia contra las mujeres, y destac贸 el hecho de que la poblaci贸n femenina haga valer sus derechos.
Destac贸 la Asesora que “en Cali las mujeres son quienes con m谩s frecuencia reclaman cuando sienten vulnerado su derecho a la salud, como lo demuestran datos estad铆sticos de 2014, del Servicio de Atenci贸n a la Comunidad, SAC, de la Secretar铆a de Salud Municipal.”
“De los 2483 Derechos de Petici贸n –DP- recibidos el a帽o anterior, el 59 % (1458) fue interpuesto por mujeres”, se帽al贸 la funcionaria y explic贸 que los motivos m谩s frecuentes citados por las peticionarias fueron: demora en servicios (395), aseguramiento (307), demora en programaci贸n de procedimientos (198) y demora en entrega de medicamentos (125).