Secretar铆a de Tr谩nsito y Transporte de Santiago de Cali modific贸, mediante Decreto Nro. 411.0.20.0521 de julio de 2015, las tarifas del servicio p煤blico individual de pasajeros, tipo taxi, de acuerdo con el estudio y an谩lisis econ贸mico que anualmente debe hacer la dependencia. La modificaci贸n se hace para propiciar los factores de seguridad, comodidad y accesibilidad del servicio, como tambi茅n para garantizar a los conductores condiciones dignas de trabajo y pago de sus acreencias laborales. De esta manera, las nuevas tarifas que entraron a regir a partir de la expedici贸n del Decreto son las siguientes:
De otra parte, el decreto establece que el recargo nocturno se aplica 煤nicamente dentro del periodo de tiempo comprendido entre las 20:00 y las 05:00 horas del d铆a siguiente.
En el caso de la tarifa desde Cali hasta el aeropuerto Alfonso Bonilla Arag贸n, esta es definida por el municipio de Palmira, por encontrarse en su jurisdicci贸n.
Finalmente, para poder cobrar las nuevas tarifas, los taxistas o due帽os de estos veh铆culos contar谩n con 60 d铆as de plazo para realizar la calibraci贸n y actualizaci贸n de las tarifas en los talleres taximetristas, registrados en la C谩mara de Comercio de Cali y quienes deber谩n diligenciar el acta de calibraci贸n del tax铆metro con los datos del veh铆culo y del conductor. De no hacerlo en el plazo definido no podr谩 prestar el servicio.
La Secretar铆a de Tr谩nsito estar谩 atenta a que se cumpla con lo dispuesto en el decreto, por lo que realizar谩 operativos de control a taxis en la v铆a p煤blica, en las bah铆as de estacionamiento y establecimientos de comercio.