Con la entrada en vigencia del Decreto 489 del 16 de julio de        2018,  la medida de tránsito de Pico y Placa para el Segundo        Semestre del presenta año en Envigado rotará de la siguiente        manera:
      
La rotación para taxis comenzará el miércoles 1° de agosto entre        las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m., fecha en la que comienza la semana        pedagógica que finalizará el lunes 6 de agosto. Desde el 8 de        agosto infringir estas disposiciones, acarreará un comparendo por        valor de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV).
        
        Para los vehículos particulares y motos de dos tiempos, la medida        aplica desde el lunes 6 de agosto en un horario comprendido de        7:00 a.m. a 8:30 a.m. y de 5:30 p.m. a 7:00 p.m.. A partir de este        día, hasta el viernes 10 del mismo mes habrá una semana de        pedagogía; las sanciones comenzarán a regir desde el lunes 13 de        agosto.
        
        Los siguientes vehículos están exentos de la medida:
        
        Emergencia
        Transporte escolar y especial
        Transporte de alimentos y/o elementos perecederos
        Mantenimiento de redes de servicios públicos esenciales
        Medios de comunicación
        Oficiales y de representación
        Fuerzas Militares, Policía Nacional y del INPEC
        Control de tránsito, grúas, carro taller y de asistencia técnica o        jurídica
        Movilización de personas en situación de discapacidad – adaptados        para este fin
        Transporte de valores
        Motocicletas cuatro tiempos
        Transporte público
        Recolectores de basura y mantenimiento del ornato público
        Carga – teniendo en cuenta las restricciones adoptadas en Envigado        en cuanto a tonelaje, horarios y sitios de circulación
        Convertidos a gas natural o eléctricos
        Fúnebres – no cortejo
        Blindaje tipo III o superior
        Vigilancia privada
        Servicio particular con 3 o más ocupantes incluyendo el conductor
        Consulares
        Transporte de magistrados, jueces, fiscales, procuradores, líderes        religiosos, ministros de culto, iglesias y confesiones o        denominaciones religiosas reconocida con personería jurídica        expedida por el Ministerio del Interior o autoridad competente
        Turistas que porten primer y último recibo del peaje – aplica para        el primer día
        Importante:
        Las anteriores excepciones, deberán estar debidamente legalizadas        e identificadas por las autoridades competentes según sea el caso.
        
        Encuentre          aquí el Decreto 489 del 16 de julio de 2018
        
        Mayores informes
        Secretaría de Movilidad de Envigado
        Teléfono: 339 40 00, ext. 4294 – 4299
      

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