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sábado, 14 de enero de 2017

Código de Policía: Multas y sanciones para los mal portados

Nuevo Código de Policía - Foto: Prensa Alcaldía Mayor de Bogotá

Varias conductas que a usted podían parecerle ‘normales’ o que veía en otros ciudadanos como habituales ahora serán sancionadas. Revise con cuidado esta lista, porque a partir del 30 de enero de 2017 aplican las nuevas sanciones.

EN EL TRANSPORTE PÚBLICO

Impedir el ingreso o salida prioritaria a mujer embarazada, adulto mayor, persona con niños, o personas con discapacidad. Multa general tipo 1: Cuatro salarios (4) mínimos diarios legales vigentes ($98.360).
Llevar mascotas en transporte público incumpliendo la reglamentación establecida. En el caso de TransMilenio es que las razas grandes vayan con collar, las razas peligrosas con bozal y las razas pequeñas en un guacal. Multa general tipo 2: Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes ($196.720).
No cederle la silla a una persona que lo necesite (embarazada, en situación de discapacidad, adulto mayor o niño). Amonestación: Es un llamado de atención en privado o en público con el objetivo de concienciar a la persona de la conducta realizada y de su efecto negativo.
Agredir, empujar o irrespetar a las demás personas durante el acceso, permanencia o salida de los buses. Multa general tipo 1: Cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes ($98.360).
Colarse en el transporte público. Multa general tipo 2: Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes ($196.720).
Ingresar o salir de las estaciones o portales por sitios distintos a las puertas designadas para el efecto. Multa general tipo 1: Cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes ($98.360).

COMPORTAMIENTOS EN LA CALLE

Arrojar en las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvias cualquier objeto, sustancia, residuo, escombros, lodo combustibles o lubricantes, que alteren u obstruyan el normal funcionamiento. Multa tipo 4: Treinta y dos (32) salarios mínimos legales vigentes ($786.880).
Escuchar música demasiado fuerte (lo permitido para zonas residenciales es de 45 decibeles en la noche y 65 en el día). La Policía podrá desactivar temporalmente la fuente del ruido, en caso de que el residente se niegue a desactivarlo. Multa general tipo 3: Dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes ($393.440); disolución de reunión o actividad que involucre aglomeraciones de público no complejas.
Permitir, auspiciar, tolerar o inducir o constreñir el ingreso de los niños, niñas y adolescentes a fiestas para adultos donde haya licor y drogas. Multa general tipo 4: Treinta y dos (32) salarios mínimos legales vigentes; suspensión temporal de actividad; Destrucción de bien ($786.880).
Inducir, engañar o realizar cualquier acción para que los niños, niñas y adolescentes ingresen o participen de actividades que les están prohibidas por las normas vigentes. Multa general tipo 4: Treinta y dos (32) salarios mínimos diarios legales vigentes; suspensión temporal de actividad ($786.880).
No dar prelación a personas en condición de discapacidad, personas de la tercera edad o adulto mayor, mujeres en estado de embarazo, personas con niños en brazos y personas que por su condición de salud requieran preferencia, especialmente en las filas, en el uso de los vehículos de transporte público, colectivo o individual y en todos los sitios, bienes y lugares públicos o abiertos al público. Amonestación: Es un llamado de atención en privado o en público con el objetivo de concienciar a la persona de la conducta realizada y de su efecto negativo.

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