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domingo, 26 de noviembre de 2017

Fondo de Vivienda de Antioquia amplía beneficios a servidores de establecimientos públicos


Los servidores públicos vinculados al IDEA, Pensiones de Antioquia, Instituto de Cultura y Patrimonio de Antioquia e Indeportes podrán disfrutar de los beneficios del Fondo de Vivienda del Departamento de Antioquia, en virtud de los convenios formalizados con estos establecimientos públicos, de acuerdo con la Ordenanza No. 27 de 2017, expedida por la Asamblea Departamental de Antioquia.

La Ordenanza 27 del 31 de agosto de 2017 modernizó el Fondo de Vivienda, amplió su cobertura y modificó su funcionamiento.

El artículo séptimo de la Ordenanza 27 de 2017 faculta al Gobernador de Antioquia para celebrar convenios con todos los establecimientos públicos del orden departamental con el fin de que mayor número de servidores se beneficien del Fondo.

El artículo tercero de la Ordenanza 27 de 2017 expresa que tendrán derecho en condiciones de igualdad a los beneficiarios del fondo, los empleados públicos departamentales del nivel central, los pensionados y jubilados del nivel central, los empleados públicos de la Asamblea Departamental de Antioquia, los trabajadores oficiales del departamento nivel central y los servidores de los establecimientos públicos del orden departamental.

El secretario de Gestión Humana y Desarrollo Organizacional, Jairo Alberto Cano Pabón, indicó que el objeto de dichos convenios es combinar esfuerzos para lograr que los empleados públicos de los establecimientos públicos puedan acceder a los créditos del Fondo de Vivienda, acogiéndose al procedimiento que rige para la adjudicación en el nivel central del Departamento de Antioquia.

Categorías de préstamos
El Fondo de Vivienda, en cumplimiento de su objetivo, realiza los siguientes préstamos:

Para compra de vivienda.
Para mejoramiento de la vivienda.
Para construcción de vivienda en lote o terraza.
Para cancelación total de las obligaciones garantizadas con hipoteca.
Para reparaciones que requiera la única vivienda del beneficiario.

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