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domingo, 3 de octubre de 2021

Ya está disponible el paso a paso para que cerca de 16.000 contribuyentes en condiciones especiales accedan a los beneficios en predial

- La guía está dirigida a los propietarios y poseedores de viviendas en edificaciones evacuadas puedan acceder a una exención en el pago del impuesto predial. 
-También han sido incluidos criterios y beneficios que cobijan a los herederos de las sucesiones de estos inmuebles. 
- Entérese también de cómo acceder al descuento del 50 % en el pago del impuesto predial, dirigido a cerca de 11.000 contribuyentes que  se encuentran en situación de “pobreza oculta”.

medellin predial

Con beneficios como la exención del impuesto predial para contribuyentes que sean propietarios y poseedores de viviendas en edificaciones evacuadas como consecuencia de fallas estructurales y la disminución de un 50 % en el canon del mismo para la población en situación de “pobreza oculta”, entra en vigor el Acuerdo 036 aprobado por el Concejo de Medellín.

El pasado 30 de julio, por iniciativa de la Administración Municipal, el Concejo sancionó el Acuerdo 036 de 2021 el cual tiene efecto en contribuyentes que presenten condiciones especiales con una reducción en el pago del impuesto predial.

El abecé con las características que deberán cumplir los beneficiarios e información para acceder a los incentivos está disponible en el portal de la Alcaldía de Medellín: www.medellin.gov.co

La medida busca aliviar la situación económica de, aproximadamente, 5.000 contribuyentes que han sido evacuados temporal o definitivamente de sus viviendas. El 83 % de estas personas accedieron a su vivienda a través de créditos hipotecarios, lo que hace más difícil su situación. Para ellas, el acuerdo prevé la exención del impuesto predial hasta el año 2023.

Para el subsecretario de Ingresos, Henry Morales, “es importante que todas las personas afectadas por este tipo de eventualidades aprovechen el acompañamiento del Municipio de Medellín y se acojan a esta medida con la que la Administración Municipal cumple con una deuda histórica con las necesidades de estos contribuyentes”.

El acuerdo contempla, además, beneficios para herederos cuya sucesión haya sido liquidada. Asimismo, se elimina el requisito de acción legal previa en contra de constructoras, para los afectados por edificaciones siniestradas o implosionadas.

El abecé explica también cómo acceder al beneficio dirigido a las personas mayores de 60 años, propietarias de un solo predio residencial ubicado en estratos 4, 5 y 6, con ingresos no superiores a un salario mínimo legal mensual vigente (catalogadas en pobreza oculta), quienes podrían obtener un descuento del 50 % en el pago de su impuesto predial.

Se invita a los ciudadanos que se consideren afectados para que se acerquen a la Administración Municipal, pues estas son exenciones que se otorgan a pedido de la parte interesada.

“Es una gran oportunidad para acceder a estos beneficios, aplicando con unos requisitos más flexibles que los que estaban estipulados en oportunidades anteriores”, afirmó el Subsecretario de Ingresos.

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