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martes, 6 de diciembre de 2016

Se amplía el plazo para registrar vehículos que funcionen a gas

-Hasta el 24 de julio de 2017 se podrá realizar el registro que permitirá incluir este tipo de vehículos en la lista de exentos por Pico y Placa.
-El trámite se realiza ante el organismo de tránsito donde esté matriculado el vehículo.
-El requisito proviene de la obligación establecida por el Ministerio de Transporte.

imageLa Alcaldía de Medellín expidió el decreto 1770 mediante el cual se amplía el plazo para que los vehículos que utilicen gas natural vehicular puedan inscribirse en la lista de exentos de la medida de Pico y Placa.
Esta decisión proviene del Código Nacional de Tránsito Terrestre y de la reglamentación expedida por el Ministerio de Transporte de incluir la información del cambio de combustible en la matrícula del vehículo.
El objetivo es que antes del 24 de julio de 2017 todos los vehículos registren la conversión a gas natural vehicular ante el organismo de tránsito donde está matriculado su vehículo y allí sea reportado en el RUNT.
Según esto, quienes hayan hecho el cambio a gas antes de 2015 deberán presentar ante el organismo de tránsito la última revisión técnico-mecánica donde conste dicha conversión. Quienes la hayan hecho después de 2015 deberán llevar el documento expedido por un taller autorizado el cual haya efectuado la debida conversión a gas natural vehicular. Para la inscripción ante la Secretaría de Movilidad de Medellín deberá presentarse copia del documento de identificación del propietario del automotor, así como de la matrícula respectiva en la cual conste la conversión de combustible.
Después del 24 de julio de 2017 quienes no registren el cambio ante un organismo de tránsito, incluso si estaban inscritos anteriormente, serán eliminados de la base de datos de exención de Pico y Placa.

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