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jueves, 23 de marzo de 2017

Por primera vez en la historia de Cali, habitantes del sector rural se beneficiarán del subsidio de vivienda

Por primera vez en la historia de Cali, habitantes del sector rural se beneficiarán del subsidio de vivienda

El alcalde Maurice Armitage sancionó el Acuerdo 0404 de 2016, donde se podrá ampliar la cobertura en subsidios de vivienda de interés prioritario y social a familias caleñas de estratos 1 y 2 y del sector rural de la capital vallecaucana.

Entre los principales beneficiarios de este nuevo acuerdo se encuentra: el adulto mayor, personas en condición de discapacidad, víctimas del conflicto armado y las personas reinsertadas en el marco del proceso de paz que actualmente está viviendo Colombia, creando una condición especial para acceder por una vez más al subsidio municipal de vivienda a aquellos que cumplan con los requisitos que la ley exige.

Los principales requisitos para acceder a este subsidio son:

?       Pertenecer a estratos 1 y 2

?       Estar en el rango comprendido entre 0 y 54.86 puntos del Sisbén.

?       Tener ingresos inferiores a los 4 salarios mínimos legales vigentes.

?       Acreditar una residencia mínima de 5 años en la ciudad de Santiago de Cali.

Este subsidio municipal de vivienda, bien sea para el sector urbano como para el rural se aplicará en las siguientes modalidades:

1. Adquisición de vivienda nueva o usada

2. Construcción en sitio propio

3. Arrendamiento

4. Leasing habitacional

5. Mejoramiento de vivienda

6. Legalización de predios de propiedad de la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat.

El subsidio municipal de vivienda del presente acuerdo, es un aporte en dinero o en especie que se otorgará por una sola vez al beneficiario, sin cargo de restitución por parte de éste, el cual puede ser complementado por el subsidio familiar otorgado por el Gobierno Nacional, al esfuerzo propio, al subsidio concedido por las Cajas de Compensación Familiar, al ahorro programado en entidades financieras, los créditos bancarios o con el Fondo Nacional del Ahorro (FNA).

Cabe anotar que los hogares deberán constatar en la escritura pública la asignación al respectivo subsidio.

El subsidio municipal de vivienda en modalidad de legalización de títulos no inhabilitará a los beneficiarios del mismo, para recibir subsidio de mejoramiento o de adquisición, siempre y cuando no exceda el monto.

Esta ampliación de subsidios de vivienda podría beneficiar a más de 400 mil caleños y la cuantía del subsidio municipal de vivienda será hasta de 20 salarios mínimos legales vigentes.

Adicionalmente, se puede entregar el subsidio de vivienda en una segunda ocasión cuando se presenta casos fortuitos de la población que se vea afectada por catástrofes naturales, bien sea terremoto, incendios o inundaciones.

Las personas del sector rural deberán tener en cuenta que para acceder a cualquiera de la modalidad de los subsidios el terreno, debe estar ubicado en un desarrollo legal, además del título de propiedad inscrito ante la Oficina de Instrumentos Públicos.

Entre estos aspectos, este proyecto permitirá atender a la población de estratos 3 que demuestren su estado de vulnerabilidad, otorgándole un subsidio de vivienda.

“Esto es un acierto, toda vez que con este apoyo podremos trabajar mancomunadamente con el Ministerio de Agricultura y el Banco Agrario que son los encargados de entregar los subsidios de Mejoramiento de Vivienda para la zona rural”, manifestó el secretario de Vivienda Social y Hábitat, Jesús Alberto Reyes Mosquera.

Con el Acuerdo 0404 del 13 de diciembre de 2016, se estaría entregando anualmente alrededor de $8.000 millones a la población caleña en todas las modalidades de subsidio.

Las familias que cumplan con los requisitos, pueden dirigirse a la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat, ubicada en la Av. 5AN #20N-08, edificio Fuente Versalles, segundo piso, de 8:00 a.m. a 12.00 m y de 2:00 a 5:00 p.m.

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