La Ley 1831 del 2 de mayo de 2017 establece la obligatoriedad de desfibriladores en todos los lugares de alta afluencia de p煤blico, aspecto que desde hace alg煤n tiempo ya ven铆a trabajando la Secretar铆a de Salud del Municipio.
“Esta Ley nos da unas competencias en la que nosotros como ente municipal debemos proveer a diferentes sitios p煤blicos como colegios, estadios, canchas, entre otros espacios de un desfibrilador y capacitar a las personas que van a manipularlo”, afirm贸 H茅ctor William Restrepo Osorio, Secretario de Salud del Manizales.
En este momento la ciudad cuenta con 14 desfibriladores en diferentes partes tanto de la zona urbana como rural, los 5 centros comerciales, el CAI de Chipre y estadio, son algunos de ellos.
En cuanto a los procesos de capacitaci贸n el funcionario coment贸 que a la fecha se han capacitado a m谩s de mil personas sobre el tema y que el pr贸ximo viernes 16 de junio se va a realizar el lanzamiento junto con el SENA Regional Caldas de la capacitaci贸n en recuperaci贸n cardiopulmonar y el uso del desfibrilador, actividad en la que se espera contar con aproximadamente 4 mil personas.
La Secretar铆a de acuerdo a la norma tiene un a帽o para adquirir los desfibriladores que como Municipio le corresponde tener y que seg煤n conteo son cerca de 142, adem谩s debe realizar las respectivas labores de control y vigilancia, para verificar la presencia de los mismos en los espacios que as铆 lo requieran.
Un desfibrilador es un aparato electr贸nico de uso m茅dico que es capaz de registrar la actividad el茅ctrica del coraz贸n y emitir una o varias descargas el茅ctricas cuando se presenta una alteraci贸n del ritmo card铆aco o arritmia.
Sus sensores integrados analizan el ritmo cardiaco del paciente durante unos 10 segundos, detectan su estado e indica si es necesario suministrar la descarga. Despu茅s de producirse el shock, el desfibrilador vuelve a analizar al paciente y aconsejar谩 si es necesario realizar nuevamente el procedimiento.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario