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martes, 3 de abril de 2018

Sancionados más de 1.300 conductores por ejercer transporte informal

thpub_700X400_140052El último estudio del Observatorio de la Secretaría de Movilidad de Cali evidencia que en lo corrido de 2018 se han elaborado más de 1.300 comparendos a vehículos que movilizan ilegalmente pasajeros, actividad conocida como transporte informal. De esta cantidad, 512 vehículos fueron inmovilizados, es decir el 39,4 %.

Según el informe presentado por el grupo operativo de la Secretaría de Movilidad,   hasta marzo de 2018, 654 personas han sido sorprendidas prestando el servicio de transporte informal por primera vez; 196 han reincidido 2 veces,  78 personas 3 veces y 46 han incurrido 4 veces.

Actualmente, Cali cuenta con 30 agentes de tránsito que conforman el grupo élite destinado a ejercer el control a motocicletas y vehículos de servicio público y particulares que ofrecen transporte ilegal.

Este grupo es el encargado de cubrir zonas identificadas como puntos donde más se desarrolla este tipo de actividad, tales como,  Autopista Suroriental, Avenida Ciudad de Cali, Avenida Simón Bolívar, Calle 5, los cuales son algunos corredores viales donde más se parquean estos vehículos, a la espera de pasajeros.

Juan Carlos Orobio Quiñones, secretario de Movilidad, señaló que el Organismo seguirá trabajando fuertemente en estos operativos para garantizar a los caleños un  transporte legal para su movilización.

Para ello, los agentes de tránsito verifican la cantidad de  personas, la documentación del conductor y del vehículo, además indagan para conocer el grado de cercanía de los ocupantes.

En los operativos la Secretaría de Movilidad ha realizado 115 procedimientos a vehículos que prestan el transporte informal a través de plataformas tecnológicas, de los cuales, el 99 %  han sido particulares.

Por qué  no utilizar  el transporte informal:

La mayoría de estos vehículos no presenta todas las condiciones técnico-mecánicas adecuadas para circular en la vía. Esto significa que la vida del pasajero está en riesgo.
Los vehículos de servicio particular, no  están obligados a tener póliza de responsabilidad civil contractual y extracontractual, por lo cual, no hay garantías para responderle a esos usuarios, en caso de que se presente un accidente.

Según el Código Nacional de Tránsito, prestar el servicio de transporte informal  corresponde a una sanción de 30 Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes lo que equivale a $ 781.230, además  de inmovilización del vehículo y suspensión de la licencia de conducción.

Cuando el conductor es sorprendido prestando este servicio por  primera vez la inmovilización equivale a 5 días, por segunda vez serán  20 y por 3 equivale a 40 días.

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